PLD para Joyerías y Metales Preciosos
12 respuestas clave sobre cumplimiento LFPIORPI para joyerías, relojerías y comerciantes de metales preciosos en México (2026).
¿Las joyerías están obligadas a cumplir con la Ley Antilavado en México?
Sí. Las joyerías en México están clasificadas como Actividad Vulnerable bajo la LFPIORPI. Tienen obligaciones legales de identificar clientes, conservar registros y reportar operaciones al SAT.
El Artículo 17, fracción XIV de la LFPIORPI incluye expresamente el comercio de joyas, relojes, metales y piedras preciosas como Actividad Vulnerable. Esta clasificación aplica independientemente del tamaño del negocio.
- Regístrate como sujeto obligado en portalav.sat.gob.mx con tu e.firma.
- Identifica a tus clientes en operaciones desde los umbrales establecidos.
- Presenta avisos mensuales al SAT, incluso si no hubo operaciones que reportar.
- Conserva expedientes de clientes por al menos 5 años.
- Designa a un responsable interno de cumplimiento PLD.
¿Qué es una Actividad Vulnerable y por qué una joyería cae en esa categoría?
Una Actividad Vulnerable es cualquier actividad económica que por su naturaleza puede ser usada para lavar dinero. Las joyerías caen en esta categoría porque los artículos de alto valor en efectivo son un medio clásico de lavado.
La LFPIORPI, en su Artículo 17, lista 17 Actividades Vulnerables. Las joyerías aparecen en la fracción XIV junto con relojes, metales preciosos y obras de arte. El SAT es la autoridad supervisora para este sector.
- Identifica si tu negocio realiza compraventa, permuta o subastas de joyas, relojes o metales preciosos.
- Si es así, tienes obligaciones PLD desde el día que inicias operaciones.
- Consulta las Reglas de Carácter General en materia de PLD publicadas por el SAT para joyerías.
¿Cuándo debo pedir identificación a un cliente que compra joyas?
Debes pedir identificación cuando la operación supere 805 UMAs (~$91,048 en 2026). Para pagos en efectivo mayores a 200 UMAs (~$22,628) también debes registrar el origen de los fondos.
El Artículo 17 fracc. XIV y las Reglas del SAT establecen que el umbral de identificación para joyerías es de 805 UMAs por operación o acumulado mensual con el mismo cliente. En 2026, 1 UMA ≈ $113.14/día.
- Capacita a tu personal de ventas para solicitar identificación oficial vigente (INE, pasaporte).
- Registra nombre, CURP o RFC, dirección y tipo de identificación.
- Guarda copia del documento de identidad en el expediente del cliente.
- Para pagos en efectivo mayores a 200 UMAs (~$22,628), registra el origen de los fondos.
¿Qué operaciones debo reportar al SAT como joyería?
Debes reportar operaciones de compraventa en efectivo que superen 1,605 UMAs (~$181,539 en 2026) por cliente en un mes. También operaciones inusuales o intentos de operación sospechosa.
El Artículo 18 de la LFPIORPI establece que los Avisos deben presentarse a través del Portal del SAT dentro de los primeros 17 días naturales del mes siguiente al de la operación. El umbral para joyerías es 1,605 UMAs.
- Lleva un registro mensual de todas las operaciones relevantes por cliente.
- Si la suma acumulada supera 1,605 UMAs en el mes, genera el aviso correspondiente.
- Reporta operaciones inusuales aunque no superen el umbral.
- Presenta el aviso de «sin operaciones» los meses sin actividad reportable.
¿Qué pasa si recibo un pago fraccionado para evitar el umbral (pitufeo)?
El fraccionamiento deliberado es ilegal. Debes reportarlo como operación inusual al SAT, independientemente del monto de cada pago individual.
El Artículo 18 fracc. IV obliga a reportar operaciones inusuales. El pitufeo es una de las tipologías de lavado más comunes. La UIF considera el fraccionamiento como señal de alerta roja.
- Implementa alertas que detecten cuando un cliente realiza varias operaciones pequeñas en un periodo corto.
- Si detectas el patrón, reporta como operación inusual aunque ningún pago individual supere el umbral.
- Conserva toda la evidencia del patrón detectado.
- No avises al cliente que vas a reportarlo (tipping off, prohibido por ley).
¿Cómo identifico a un cliente de alto riesgo en mi joyería?
Clasifica como alto riesgo a PEPs, clientes que pagan siempre en efectivo, con cambios inexplicables de comportamiento o de países en lista GAFI de alto riesgo. Aúnalos a Debida Diligencia Ampliada.
Las Reglas PLD del SAT para joyerías obligan a clasificar clientes por nivel de riesgo (bajo, medio, alto) usando factores como PEP, frecuencia de efectivo, origen geográfico y comportamiento.
- Pregunta siempre el propósito de la compra en montos relevantes.
- Verifica si el cliente aparece en listas de sanciones (SAT-LI, OFAC, ONU).
- Para PEPs, solicita fuente de riqueza y aprobación de un directivo.
- Revisa periódicamente el perfil de tus clientes habituales de alto valor.
¿Qué documentos debo guardar y por cuánto tiempo?
Expedientes de clientes y registros de operaciones por al menos 5 años. Incluye identificaciones, recibos, declaraciones de origen de fondos y copias de los avisos presentados al SAT.
El Artículo 20 de la LFPIORPI establece la obligación de conservar por 5 años todos los documentos relevantes. En caso de litigio o investigación, el plazo puede extenderse.
- Digitaliza todos los documentos de identificación con fecha y folio.
- Guarda los comprobantes de venta relacionados con operaciones relevantes.
- Archiva las copias de los avisos presentados al SAT.
- Usa un sistema que garantice la integridad e inalterabilidad de los registros.
¿Necesito un Manual de Cumplimiento PLD específico para mi joyería?
Sí. Necesitas documentar tus políticas internas de KYC, clasificación de riesgo y procedimiento de reportes. Un manual formal es la forma más sólida de cumplirlo.
El Artículo 18 fracc. I obliga a establecer medidas y procedimientos internos. Las Reglas del SAT precisan el contenido mínimo para joyerías.
- Redacta una política de identificación de clientes (KYC) adaptada a tu operación.
- Define criterios de clasificación de riesgo para productos y clientes.
- Documenta el procedimiento de reporte al SAT paso a paso.
- Revisa y actualiza tu manual al menos una vez al año.
¿Cuáles son las multas si mi joyería no cumple con la LFPIORPI?
Desde $31,450 hasta $10 millones de pesos por infracción. En casos graves o reincidencia: sanciones penales de 5 a 15 años de prisión y clausura del negocio.
El Artículo 53 de la LFPIORPI establece multas de 200 a 65,000 días de salario mínimo. Las infracciones más graves: no presentar avisos, no identificar clientes y proporcionar información falsa.
- Revisa periódicamente el calendario de avisos al SAT (primeros 17 días de cada mes).
- Realiza autoauditorías internas para detectar incumplimientos antes de una visita del SAT.
- Documenta cada acción de cumplimiento como evidencia.
¿Qué es un PEP y cómo debo tratarlo en mi joyería?
Un PEP es quien ocupa o ha ocupado un cargo público relevante en los últimos 2 años. Para ellos aplica Debida Diligencia Ampliada: aprobación de un directivo y fuente de riqueza documentada.
El GAFI y la LFPIORPI establecen que los PEPs son inherentemente de alto riesgo. La DDA incluye aprobación por directivo, fuente de fondos documentada y monitoreo continuo. Aplica también a familiares cercanos del PEP.
- Pregunta directamente si el cliente es o fue servidor público de alto nivel.
- Consulta listas públicas de PEPs (transparencia.gob.mx, Senado, Cámara).
- Solicita documentación sobre el origen del dinero para compras relevantes.
- Registra la aprobación del directivo en el expediente.
¿Puedo vender joyas en efectivo sin límite legal?
No. La LFPIORPI prohíbe pagos en efectivo superiores a $200,000 MXN en bienes de alto valor (Art. 32). Para montos mayores, sólo se permiten transferencias, cheques nominativos o tarjeta.
El Artículo 32 de la LFPIORPI prohíbe pagar en efectivo cantidades superiores a $200,000 MXN en operaciones de bienes de alto valor, incluyendo joyas y metales preciosos.
- Para ventas mayores a $200,000 en efectivo: exige pago con cheque, transferencia bancaria o tarjeta.
- Registra la forma de pago en cada operación relevante.
- Informa a tus empleados que rechazar efectivo en estos montos es una obligación legal.
¿Cómo implemento Regcheq PLD X en mi joyería sin conocimientos legales?
La configuración inicial dura menos de 2 horas. El sistema guía a tu equipo paso a paso y genera avisos al SAT de forma automática, sin requerir expertise legal.
La LFPIORPI no exige que el responsable de cumplimiento sea abogado; sí exige que sea designado formalmente y esté capacitado. Un software especializado cubre el conocimiento técnico en el día a día.
- Agenda una demostración gratuita con el equipo de Regcheq.
- En la configuración inicial, cargarás los datos de tu joyería y los parámetros de riesgo.
- El sistema genera automáticamente los avisos, expedientes y reportes requeridos.
- Recibes capacitación incluida y soporte continuo.