PLD para SOFOMEs: obligaciones, riesgos y tecnología que necesitas.
Las SOFOMEs en México tienen obligaciones de Prevención de Lavado de Dinero (PLD) establecidas por la CNBV en sus Disposiciones de Carácter General, que incluyen: implementar un programa institucional de PLD, designar un oficial de cumplimiento, realizar KYC a todos los clientes, monitorear transacciones, consultar listas de personas bloqueadas, presentar Reportes de Operaciones Relevantes e Inusuales ante la UIF, y capacitar al personal de forma periódica. Tanto las SOFOMEs Reguladas como las No Reguladas son consideradas Entidades Financieras por la ley. Por ello, ambas deben cumplir con las Disposiciones de Carácter General en materia de PLD emitidas por la CNBV/SHCP y enviar sus reportes operacionales a través del portal de la CNBV. El incumplimiento puede resultar en multas de hasta 100,000 días de salario mínimo y revocación de autorización.*