Prevención de Lavado de Dinero en Tarjetas de Crédito y Servicios
Control regulatorio de la facturación y los consumos mensuales de tus tarjetahabientes
continuo
Cumplimiento PLD para Tarjetas de Servicios y Crédito
La emisión o comercialización habitual o profesional de tarjetas de servicios o de crédito por sujetos distintos a las Entidades Financieras está regulada por la Fracción II del Artículo 17 de la LFPIORPI; quienes realicen estas actividades deben identificar a los clientes o usuarios cuando el gasto mensual acumulado en la cuenta de la tarjeta sea igual o superior a 805 UMA, y presentar el Aviso correspondiente al SAT cuando dicho gasto acumulado mensual iguale o supere las 1,285 UMA.
Con Regcheq PLD X, puedes centralizar todas las obligaciones relativas a esta actividad vulnerable. Nuestro software te permite realizar búsquedas instantáneas en listas de riesgo (nacionales e internacionales), verificar listas oficiales del SAT, y recopilar la documentación requerida para integrar un expediente de identificación 100% digital, seguro y trazable.
Límites y Umbrales de Operación 2026
Basado en el valor de la UMA diario vigente para 2026 de $117.31 MXN. Las transacciones acumuladas en un periodo mensual por un mismo cliente que superen estos topes activarán alertas de aviso de forma automática.
| Obligación | Monto en UMAs | Equivalente en Pesos (MXN) | Estado de Alerta |
|---|---|---|---|
| Identificación | Siempre (al emitir) | Desde $0.00 MXN | Siempre obligatorio |
| Presentación de Aviso | 1,285 UMA | $150,743.35 MXN | Gasto mensual superior a |
| Límite de Efectivo | No aplica directamente | - | Sujeto a reglas de pago |
Flujo de Trabajo para el Cumplimiento
Esquema visual interactivo de los pasos necesarios para procesar un cliente o expediente bajo los estándares de la Ley Antilavado (LFPIORPI):
KYC del Cliente o Usuario
Identificación del cliente o usuario cuando el gasto mensual acumulado en la cuenta de la tarjeta sea igual o superior a 805 UMA.
Cálculo de Consumos
Cálculo mensual acumulado de los cargos y consumos realizados por el cliente o usuario.
Alerta de Gasto Mensual
Filtro automático al detectar que el gasto mensual acumulado en la cuenta de la tarjeta iguale o supere las 1,285 UMA.
Envío de Avisos al SAT
Generación y envío del Aviso correspondiente a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente.
Multas y Riesgos por Incumplimiento Administrativo
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la autoridad encargada de imponer las sanciones y multas administrativas ante retrasos, omisiones o expedientes mal integrados, con base en los Artículos 53 y 54 de la LFPIORPI. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) tiene un papel analítico y preventivo, y notifica al SAT cuando detecta incumplimientos para que este imponga la sanción. Los montos se calculan sobre el valor diario de la UMA ($117.31 MXN para 2026).
| Tipo de infracción (falta) | Multa en UMA | Equivalente en pesos (MXN) |
|---|---|---|
| Fallas generales (KYC y Avisos menores): no identificar al cliente o usuario; presentar Avisos sin reunir los requisitos (errores); Avisos extemporáneos (retraso menor a 30 días); no cumplir con requerimientos de la autoridad. | De 200 a 2,000 UMA | De $23,462 a $234,620 MXN |
| Faltas graves generales (Omisión y Efectivo): omisión total de Avisos (no presentarlos o retraso mayor a 30 días); permitir o liquidar operaciones en efectivo por encima de los umbrales legales prohibidos. | De 10,000 a 65,000 UMA, o del 10% al 100% del valor del acto u operación | De $1,173,100 a $7,625,150 MXN, o el porcentaje del valor de la operación (la cantidad que resulte mayor) |
Los montos indicados son orientativos. Para una evaluación de riesgo específica, consulte a un especialista en PLD.
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Consulta en Listas de Riesgo
Búsqueda instantánea en listas ONU, OFAC, PEPs, SAT y boletines UIF. Alertas automáticas en tiempo real.
Alertas Automáticas de Umbral
Cálculo acumulado de operaciones por cliente. La plataforma detecta cuándo se acerca al límite y genera la alerta antes de que sea tarde.
Avisos XML para el SAT
Generación masiva de avisos en formato XML. Envío puntual al SAT/UIF antes del día 17 del mes siguiente con mínima intervención manual.
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